Existe gran cantidad de normativa y reglamentos en cuanto a animales de compañía se refiere. A continuación os indicamos algunos de los enlaces y leyes más importantes y que más pueden afectar a todos los criadores de gatos.
Según el Artículo 1 del Real Decreto 391/1992, “se entenderá por animal de raza [...] y que esté inscrito o registrado en un libro o registro genealógico llevado por una organización o asociación de criadores reconocida oficialmente”.
Dicho decreto también regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de animales de raza que gestionen o creen libros genealógicos.